La Sala Penal de Apelaciones de Huánuco revocó la condena de nueve años de prisión que pesaba sobre el exalcalde provincial de Huánuco, Jesús «Koko» Giles Alipázaga, y la exgerente de Asesoría Jurídica, Edelmira Zulma Picón Ruiz, al determinar que durante el proceso no se acreditó la existencia de una concertación ilícita para defraudar al Estado en el caso Virgen de la Puerta.
La decisión, contenida en la Resolución N.° 40 emitida el 15 de mayo de 2026, representa un giro importante en uno de los procesos judiciales más emblemáticos vinculados a la gestión municipal de Huánuco.
La investigación fiscal sostenía que funcionarios municipales y representantes del Consorcio Virgen de la Puerta se habrían concertado para modificar las condiciones de un contrato de obra pública y reducir la ejecución del proyecto de 30 a 24 cuadras, ocasionando un presunto perjuicio económico superior a los S/ 2.3 millones.
Sin embargo, tras revisar el expediente, la Sala concluyó que las pruebas presentadas no permitían acreditar el elemento esencial del delito de colusión agravada: la concertación entre funcionarios y particulares para perjudicar al Estado.
El caso de Koko Giles
Respecto al exalcalde Jesús Giles Alipázaga, los magistrados señalaron que su actuación se limitó a emitir una resolución de alcaldía que autorizó la participación de la entonces gerente de Asesoría Jurídica en un proceso de conciliación con la empresa contratista.
No obstante, la Sala remarcó que no existe evidencia de reuniones previas con representantes del consorcio, beneficios indebidos, instrucciones para perjudicar a la municipalidad o cualquier otro elemento que permita inferir un pacto ilegal.
Asimismo, sostuvo que la sentencia de primera instancia no logró establecer cuándo, cómo ni dónde se habría producido la supuesta concertación ilícita.
Para los magistrados, aun cuando la actuación del exburgomaestre pudiera ser cuestionada desde el ámbito administrativo, ello no constituye prueba suficiente para acreditar responsabilidad penal por colusión.
El papel de Zulma Picón
En cuanto a Edelmira Zulma Picón Ruiz, la Sala reconoció que tuvo una participación directa en el proceso al elaborar el informe legal que sustentó la conciliación y representar a la Municipalidad Provincial de Huánuco durante la audiencia donde se acordó la reducción de la prestación contractual.
Sin embargo, el tribunal consideró que las observaciones formuladas a su actuación no son suficientes para demostrar la existencia de un acuerdo criminal con la empresa contratista.
La resolución destaca que no se encontró prueba directa ni indirecta que acredite reuniones clandestinas, coordinaciones previas o beneficios personales derivados de su actuación.
Por ello, la Sala concluyó que no existe prueba suficiente para sostener una condena por colusión agravada.
Fallo dividido
La decisión fue adoptada por mayoría. El magistrado Ramírez Figueroa emitió un voto en discordia y consideró que debía mantenerse la condena impuesta en primera instancia contra Giles y Picón.
No obstante, la posición mayoritaria terminó imponiéndose y revocó las condenas por colusión agravada.
Reparación civil
Otro aspecto relevante del fallo es que la Sala dejó sin efecto la reparación civil patrimonial superior a S/ 2.3 millones que había sido fijada inicialmente, al considerar que no quedó demostrado que dicho perjuicio fuera consecuencia de un acuerdo colusorio.
Sin embargo, sí estableció una reparación civil de S/ 30 mil por daño moral institucional a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco.
Más de diez años de proceso
El caso se originó por hechos ocurridos en 2013 y se prolongó durante más de una década. Durante ese tiempo, la investigación estuvo centrada en presuntas irregularidades relacionadas con la ejecución de una de las obras de infraestructura más importantes para la ciudad de Huánuco.
Con este fallo, la Sala de Apelaciones concluye que las irregularidades detectadas durante el desarrollo del proyecto no constituyen, por sí solas, prueba suficiente para acreditar el delito de colusión agravada, favoreciendo así a Koko Giles y Zulma Picón.