El intento de Perú Primero de dejar sin efecto las resoluciones que declararon fundadas las tachas contra Jesús “Koko” Giles Alipázaga no prosperó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El máximo organismo electoral declaró improcedentes los dos recursos de queja por defecto de tramitación presentados por el personero legal de la organización, Ángel Bernal Malpartida.
El JNE concluyó que la vía utilizada por el partido no corresponde para cuestionar las actuaciones realizadas dentro de un procedimiento de tacha, por lo que rechazó los pedidos.
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JNE precisa para qué sirve una queja
La resolución establece que el recurso de queja tiene un propósito específico dentro de los procedimientos electorales: procede frente a la denegatoria de un recurso de apelación.
Por esa razón, el organismo electoral señaló que este mecanismo no puede utilizarse de manera autónoma para reclamar por la falta de atención de un escrito presentado durante una tacha ni para cuestionar el rechazo de otro tipo de pedido.
La decisión coincide con el criterio adoptado anteriormente por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Huánuco, que también había declarado improcedentes los cuestionamientos formulados por Perú Primero.
Las tachas contra Giles siguen vigentes
El rechazo de las quejas no constituye todavía la decisión definitiva sobre la candidatura de Giles.
Las dos resoluciones que declararon fundadas las tachas fueron apeladas y ese recurso aún debe ser resuelto por el JNE.
Las tachas fueron declaradas fundadas debido a la sentencia condenatoria vigente en primera instancia contra Giles por un delito doloso, argumento que llevó al JEE Huánuco a disponer su exclusión de la contienda electoral.
El jueves se realizó la audiencia en la que la defensa del candidato sustentó su apelación. Hasta anoche, el JNE todavía no había emitido pronunciamiento sobre el fondo del recurso.
Por ahora, entonces, la situación electoral de “Koko” Giles continúa pendiente de la decisión que adopte el máximo organismo electoral respecto de su apelación.

