Una disputa judicial por la manutención de una menor de edad involucra al candidato de Huánuco Primero al Gobierno Regional de Huánuco, Sergio Junior Príncipe Ildefonso.
El proceso se encuentra en el Juzgado de Paz Letrado de Familia de Leoncio Prado, donde Keyla Mikayla Tanchivar García solicitó que se establezca una pensión de S/ 6 mil mensuales para su hija.
La demanda fue presentada el 9 de junio de 2026 y posteriormente fue contestada por Príncipe Ildefonso, quien rechazó el monto solicitado y planteó entregar S/ 1 000 mensuales.
La madre pide S/ 6 mil
De acuerdo con la demanda, la pensión solicitada busca cubrir los gastos vinculados con la crianza y desarrollo de la menor, entre ellos alimentación, guardería, estimulación temprana, cuidadora, leche pediátrica, pañales, salud, medicamentos, movilidad, vivienda, servicios básicos, vestimenta y recreación.
Tanchivar García presentó, como sustento de los gastos, boletas, recibos, constancias de pago y declaraciones juradas.
También adjuntó documentación médica relacionada con la menor y sostiene que requiere controles, medicamentos y cuidados oportunos.
Otro argumento de la demandante es que anteriormente Príncipe Ildefonso habría entregado S/ 3 500 mensuales para la manutención de su hija, lo que, según su posición, demostraría una capacidad económica superior a la que ahora declara.
El candidato dice que gana S/ 2 500
En su contestación, Sergio Junior Príncipe Ildefonso sostiene que percibe S/ 2 500 mensuales como gerente del Centro Médico Sergio Junior Perú.
Por ello considera que los S/ 6 mil solicitados no corresponden a su capacidad económica y propone una pensión de S/ 1 000 mensuales.
“La propuesta de mil soles es proporcional y sostenible”, señala en su escrito.
El candidato también cuestionó los gastos presentados por la madre de su hija y negó recibir ingresos de la ONG Comunidad Solidaria Esperanza y Vida y de la empresa Rueda de Negocios.
La otra obligación alimentaria que alega
Príncipe Ildefonso también argumentó ante el juzgado que tiene otra obligación alimentaria, correspondiente a un hijo nacido en abril de 2022.
Según su contestación, el menor cuenta con documentación médica emitida por instituciones de salud de Colombia y Lima, situación que, sostiene, también representa un gasto que debe considerar dentro de sus posibilidades económicas.
Por ello, plantea que el monto de S/ 1 000 destinado a su hija sea compatible con el resto de sus obligaciones.
La capacidad económica es otro punto de disputa
La demandante sostiene, por su parte, que el candidato tendría una capacidad económica, empresarial y patrimonial mayor a la declarada.
En su demanda menciona sus vínculos con la ONG Comunidad Solidaria Esperanza y Vida, el Centro Médico Sergio Junior Perú y la empresa Rueda de Negocios.
También refiere haber obtenido información registral de Sunarp, donde figurarían vehículos inscritos a nombre de Príncipe Ildefonso, entre motocicletas, automóviles y otros bienes.
Estos elementos forman parte de los argumentos de la demandante, mientras que el candidato niega percibir ingresos de algunas de las entidades mencionadas.
El caso deberá ser resuelto por el juzgado, que tendrá que evaluar las necesidades de la menor y la capacidad económica de ambos padres antes de determinar, si corresponde, el monto de la pensión.









