Considerando que la regidora Sherly Morales Villanueva no presentó el recurso de reconsideración al acuerdo de Consejo donde se declaró su vacancia, ayer los regidores de la Municipalidad Provincial de Huánuco con 8 votos a favor aprobaron declarar el Acto Firme el acuerdo que propone desaforar a la concejal.
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En sesión extraordinaria el abogado de la ciudadana Negheli Calzada Vargas expuso que el 5 de abril presento un escrito solicitando se declare el Acto firme el Acuerdo de Concejo n° 001-2024 donde se aprobó la vacancia de Morales Villanueva porque infringió la ley de contrataciones al adjudicarse su empresa una obra con la municipalidad distrital de San Pablo de Pillao.
La petición fue derivada a la Gerencia de Asesoría Jurídica de la municipalidad de Huánuco que mediante Informe Legal n° 291-2024 expuesto por el gerente Jordan Jara Albornoz opinó que se declare el Acto Firme del el Acuerdo de Concejo n° 001-2024 considerando que la concejal no cumplió los plazos para presentar el recurso de apelación.
“Precisando que la regidora Sherly Suci Morales Villanueva, habiendo sido notificado válidamente con los alcances del Acuerdo de Concejo Municipal No 001-2024 el 14 de enero de 2024, el mismo que transcurrido el plazo de Ley a efectos de que haga valer su derecho a contradicción a través de los medios impugnatorios no ha presentado dicha contradicción al acto administrativo debiendo ser considerado como Acto firme».
Puntualiza que la regidora fue notificada el 31 de enero del 2024, iniciándose el plazo para cuestionar el Acuerdo mediante el recurso de reconsideración o apelación el día siguiente – 1 de febrero del 2024, hasta el 21 de febrero del 2024 – “Según el art. n° 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley n° 27972 señala el acuerdo de Concejo que declara o rechaza la vacancia es susceptible de recurso de reconsideración, a solicitud de parte, dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles perentorios ante el respectivo concejo municipal», precisa el informe.
Sin embargo, se realizó la constatación en la Subgerencia de Trámite Documentario y hasta el 8 de abril se dio cuenta que no ingresó ningún recurso administrativo contra el Acuerdo de Concejo que declaró la vacancia de Morales. «Una vez vencidos los plazos para interponer los recursos administrativos se perderá el derecho a articularlos quedando firme el acto, condición que se cumple en el presente caso porque la regidora no ha interpuesto ningún recurso impugnatorio establecido en el Art. Ne 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades, situación por el cual corresponde declarar Acto Firme el Acuerdo de Concejo n° 001-2024”, se pronunció Jara Albornoz.
Ante la versión de Sherly Morales quien dijo que el recurso de apelación lo presentó al Jurado Nacional de Elecciones, el asesor legal ilustró que los recursos se deben presentar en primer orden ante el Concejo Municipal. Además, el JNE no ha enviado ninguna notificación a la comuna provincial, por ende, procede declarar el Acto Firme la vacancia de la regidora quien ya no podrá participar en las sesiones de concejo.