Pedro Castillo fue detenido el último miércoles luego de ordenar la disolución del Congreso y quebrar el orden constitucional del Perú. Luego de pronunciar un mensaje a la Nación en el que anunció el establecimiento de un gobierno de excepción y el reordenamiento del sistema de justicia, el vacado expresidente fue conducido por la Policía Nacional a la Prefectura tras dar este golpe de Estado.
Su detención se dio bajo la condición de flagrancia mientras se dirigía en un vehículo por el Centro de Lima. Previamente, la Junta de Fiscales había anunciado acciones legales debido al quebrantamiento.
Castillo, junto a integrantes de su familia, se había retirado de Palacio de Gobierno instantes después de pronunciar su mensaje a la Nación. Todos salieron de la sede del Ejecutivo. Entre ellos, el exprimer ministro Aníbal Torres.
El canciller de México, Marcelo Ebrard, ha negado que Castillo haya solicitado asilo político en este país. Pero adelantó que no se opondrían en caso lo pida. No detalló si este pedido puede ser acogido en caso sea presentado por integrantes de su familia.
“Sí, nosotros tenemos una política favorable al asilo [político], pero no lo ha hecho. No creo que nos negaríamos, vaya, si lo pide, pues la consideraríamos en sentido positivo, no nos oponemos”, dijo Ebrard a Radio Fórmula.
Expertos en derecho internacional comentaron a El Comercio que tanto Castillo como sus familiares, así como exministros del Gabinete que conformó, no tendrían razones fundadas para acudir a una embajada y que algún país les otorgue asilo.
Sin fundamentos
El abogado Fabián Novak comentó que no hay razones para que a la ex familia presidencial se le otorgue un asilo. En primer lugar, debido a que Pedro Castillo ha violado la Constitución. “No hay ningún fundamento ni razón para que ningún país del mundo y que se dice democrático pueda otorgarle el asilo a esta persona”, dijo respecto al expresidente.
Asimismo, porque “no hay, desde el punto de las convenciones internacionales, ninguna causa como persecución política o peligro para su libertad producto de sus ideas”. Entonces, al no configurarse persecución contra Castillo, “menos para su familia y entorno”.
Novak agregó que sería una desnaturalización, por parte de cualquier país, que se pretenda su otorgamiento. “El asilo se otorga cuando hay temor fundado en que esté peligro la vida e integridad de la persona por razón de sus ideas, una persecución política, ideológica, que en este caso no existe. No hay ninguna persecución”.
El abogado Daniel Huamán apuntó también que es potestad de la embajada a la que cualquier persona pueda acudir aceptar o no el pedido de asilo. Desde su perspectiva, este no podría ser aceptado debido a que no se configura alguna persecución política.
“[…] en este caso no se estaría acreditando. Para que ocurra tendríamos que estar hablando de una persona que, en el cargo que está realizando, viene siendo constantemente perseguida. Los casos de corrupción que vimos tienen elementos más que contundentes que darían cuenta de que son casos de corrupción. Por tanto, no serían la base necesaria para un asilo”, precisó Huamán.
En agosto de este año, el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder formalizó la investigación preparatoria en contra de la exprimera dama Lilia Paredes Navarro, así como sus hermanos Yenifer, Walter y David, por el presunto delito de organización criminal. Esto debido a que habría actuado como coordinadora en esta red “con conocimiento y venia de su esposo [Pedro Castillo]”.
Para Huamán, en caso Paredes pretenda solicitar algún tipo de asilo se tendría que seguir “el mismo supuesto”. “La única razón por la cual una embajada podría dar un asilo político es cuando la persona es perseguida por razones del núcleo duro de derechos humanos. En estos casos, si eventualmente hay una investigación, sigue siendo una investigación que tiene elementos probatorios más que sólidos como para no aceptar un pedido de asilo”, detalló el abogado.
El trámite para iniciar un proceso de asilo implica que una embajada pueda acoger a una persona temporalmente, en tanto se resuelve el pedido. Esta solicitud puede ser denegada o aceptada. En este caso, si bien desde la perspectiva jurídica “no existe persecución política” para el caso de la familia del vacado Castillo, “muchas veces el gobierno de turno puede aceptar el asilo, considerar que existe una persecución política por razones más que jurídicas, como razones políticas, nexos, simpatía con la persona”, dijo Huamán.
Finalmente, anotó que una de las consecuencias usuales, en caso procediera un pedido de asilo en estas condiciones, es la ruptura de relaciones diplomáticas con el país que aceptó el asilo, anotó el abogado.
Por su parte, el abogado Gattas Abugattas, docente en la PUCP, coincidió en que no existen actos de persecución política en contra de Castillo, de su familia o entorno más cercano.
“Contra algunos de los integrantes de su familia hay también acusaciones de índole jurídico que están siguiendo su curso en el Ministerio Público y en el Poder Judicial. No veo acto de persecución política alguno que justifique otorgar asilo político, ni al presidente ni a su familia”, precisó el especialista en derecho internacional.
La razón para que esto no sea advertido es porque el curso de procesos fiscales o judiciales no representa una amenaza “ni a la libertad ni la integridad del expresidente o de su familia. Simplemente estamos frente a procesos legales que se están llevando a cabo en el marco de la Constitución y la ley. Por tanto, no hay mérito para que se justifique una protección especial a través del asilo político por parte de algún país”.
Abugattas agregó que esta es la misma situación para casos de exministros. “Estamos frente a un grupo de personas que ha decidido quebrar el orden constitucional, eso implica la comisión de ilícitos y se iniciarán procesos legales en el marco de la Constitución para eventualmente determinarse su responsabilidad”, comentó.
El asilo político está pensando para “razones muy excepcionales” cuando no se respeta el orden constitucional en un país. Pero, en este caso, es este grupo el que ha “intentado quebrar el orden constitucional y legal”, opinó Abugattas.
“En la medida que no haya persecución política no hay justificación para solicitar asilo político. ¿Lo pueden solicitar? Sin duda. ¿Se puede otorgar malintencionadamente? Sin duda. Pero si es lo que corresponde, la respuesta es no”, incidió el abogado.
Similar a lo señalado por Huamán, Abugattas comentó que, en caso un país otorgara el asilo a estas personas, el Perú “debería repudiar” esta decisión. “En ese sentido, eventualmente las relaciones diplomáticas, entre un país que actúe de esa manera y el Perú, podrían verse afectadas. Confiemos en que los países que han apoyado a Castillo tengan líderes que sepan reconocer sus errores y darse cuenta de que no hay persecución”, añadió.
En caso una persona intente solicitar asilo, este también puede ser pedido para sus dependientes. “Podría ir a una embajada, solicitar el asilo diplomático. Si es otorgando, estando en el local de la embajada podría tramitarse el asilo político ante el país en cuestión y, si es que otorga, se le tendría que dar un salvoconducto que le permita, sin ningún riesgo de ser detenida, dirigirse de la embajada al aeropuerto”, explicó Abugattas.
Fuente: El Comercio