Lo ocurrido en San Miguel de Cauri, provincia de Lauricocha, no puede quedar reducido a un incidente más de la jornada electoral. La destrucción de material electoral y la retención de trabajadores, de la ONPE, encargados del proceso colocaron en cuestión la posibilidad de conocer con normalidad la voluntad expresada por los ciudadanos en las urnas.
Durante los hechos registrados en el local de votación, donde funcionaron 16 mesas de sufragio, material electoral fue destruido. Reportes periodísticos también señalaron que el personal electoral fue retenido durante la irrupción y posteriormente puesto a salvo.
Ahora corresponde al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) determinar las consecuencias jurídicas de lo ocurrido.
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No basta con contar lo que quedó
El problema no es únicamente la pérdida física de documentos electorales. El punto central es determinar si los hechos ocurridos alteraron o impidieron establecer legítimamente el resultado de la elección municipal de Cauri.
La legislación vigente es clara. El artículo 36 de la Ley de Elecciones Municipales, modificado por la Ley N.° 32657, establece que el JNE puede declarar la nulidad de una elección distrital cuando se comprueben graves irregularidades, por infracción de la ley, que hubiesen modificado los resultados de la votación. La misma norma establece que, declarada la nulidad, se procede a realizar Elecciones Municipales Complementarias.
En Cauri se quemaron cédulas de sufragio, por ello, ¿puede considerarse válida una elección si las actas fueron destruidas durante el escrutinio y el personal electoral fue retenido?
Es una cuestión que debe resolver el organismo electoral competente.
La propia ODPE habló de una eventual nulidad
En medio de la tensión generada por los hechos, la jefa de la ODPE Yarowilca, Minerva Paz, sostuvo, según la conversación telefónica con agentes PNP, y que fue registrada y proporcionada a este medio, que debido a lo ocurrido “se van a declarar nulas las elecciones” y mencionó el 6 de diciembre como una fecha probable para una nueva jornada.
Sin embargo, esa declaración no constituye una resolución de nulidad ni fija una fecha electoral.
La competencia para declarar la nulidad corresponde al JNE. La fecha de una eventual elección complementaria deberá establecerse conforme al procedimiento y al cronograma que corresponda. Por eso, el 6 de diciembre no debe presentarse como una fecha confirmada.
Cauri necesita una respuesta institucional
San Miguel de Cauri tiene 4,728 electores, de acuerdo a información de la ONPE, dentro de la provincia de Lauricocha que registra 20,869 electores.
En este escenario, lo que corresponde es que las autoridades electorales evalúen de manera rápida, transparente y documentada los hechos ocurridos, determinen el alcance de la destrucción del material electoral y establezcan si la violencia registrada modificó o hizo imposible validar el resultado.
Si el JNE concluye que se configura la causal prevista por la legislación, la salida debe ser una nueva elección municipal complementaria, en la que los ciudadanos de Cauri puedan volver a ejercer su derecho al voto en condiciones de seguridad y con garantías para todos los participantes.
No se trata de favorecer a un candidato ni de desconocer un resultado por conveniencia política. Se trata de que una autoridad municipal sea elegida mediante un proceso cuya legitimidad pueda ser comprobada.
La pelota está ahora en la cancha del JNE.

