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martes, septiembre 22, 2026

Seda Huánuco es multada con S/171 mil por incumplir metas de gestión

La ejecución de sus compromisos regulatorios le pasó factura a EPS Seda Huánuco S.A. La Dirección de Sanciones de la Sunass determinó que la empresa incurrió en diversas infracciones y le impuso una sanción de 31.10 UIT, equivalente a S/171 050.

La decisión está contenida en la Resolución N.° 210-2026-SUNASS-DS, emitida el 30 de julio de 2026, como resultado del procedimiento administrativo sancionador N.° PAS-0001-2025-SUNASS-ODS-HUN.

La evaluación correspondió al segundo año regulatorio de Seda Huánuco, comprendido entre mayo de 2024 y abril de 2025.

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El indicador que encendió la alerta

Uno de los principales elementos considerados por Sunass fue el Índice de Cumplimiento Global (ICG). El resultado obtenido por la empresa fue de 67.60%, mientras que el nivel mínimo establecido era de 85%. La situación también se reflejó en varios componentes del Índice de Cumplimiento Individual (ICI), cuyo umbral requerido es de 80%.

Entre los resultados consignados por el organismo regulador destacan:

  • 49% de avance financiero en el programa de inversiones.
  • 4% de ejecución de la Reserva de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE).
  • 26.19% de ejecución presupuestal en Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) y Adaptación al Cambio Climático (ACC).

Es decir, tres áreas vinculadas directamente con inversiones y prevención registraron niveles de ejecución considerablemente inferiores a los parámetros establecidos.

Tingo María también aparece en el expediente

El procedimiento sancionador incluyó además una observación relacionada con Agua No Facturada en la localidad de Tingo María.

Sunass determinó que Seda Huánuco presentó información insuficiente para establecer la línea base del indicador, otro de los aspectos considerados para establecer responsabilidad administrativa.

Durante sus descargos, la empresa explicó que tuvo que afrontar diferentes dificultades para cumplir sus compromisos.

Entre ellas mencionó imprevistos técnicos, dificultades para adquirir terrenos, como ocurrió con un proyecto en el río Angashyacu, y la negativa de las comunidades campesinas de San Antonio de Ósgoro y Andas Chico para ejecutar acciones vinculadas al MRSE.

Seda Huánuco sostuvo que estas circunstancias podían ser consideradas como eventos de caso fortuito, fuerza mayor o hechos determinados por terceros.

Sunass cuestiona la falta de previsión

La explicación de la empresa no convenció al órgano resolutivo.

Según la resolución, Seda Huánuco no acreditó que los hechos invocados fueran extraordinarios, imprevisibles o irresistibles, ni demostró haber actuado con la diligencia necesaria para afrontar esas situaciones.

Sunass también consideró que la empresa conocía previamente los compromisos asumidos dentro de su estructura tarifaria y que, ante las dificultades encontradas, debió gestionar oportunamente la reestructuración o modificación de sus programas de inversión, siguiendo los procedimientos establecidos.

Para determinar la sanción económica, el regulador consideró la existencia de un beneficio ilícito bajo la modalidad de costo postergado, asociado a las inversiones que no fueron ejecutadas oportunamente.

Por esta razón, Sunass descartó sustituir la sanción por una amonestación escrita.

Seda Huánuco ya fue notificada y tiene un plazo de 15 días hábiles para presentar recurso de reconsideración o apelación, si considera que corresponde cuestionar la decisión.

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